viernes, 7 de junio de 2013



DERECHOS



1. respeto y amabilidad, sin discriminación de carácter social, racial, económico, ideológico o sexual, así como a la protección de la honra, reputación y vida privada y familiar.
2. A recibir atención preferencial si se trata de adultos mayores, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y personas acompañadas de infantes. 
3. A recibir trato equitativo, en igualdad de oportunidades para utilizar los servicios requeridos, con tarifas 
diferenciales, acordes con la categoría del afiliado. 
DERECHO A ACCEDER A LOS SERVICIOS
4. A recibir una tarjeta que le identifique como afiliado y ampliar su vigencia hasta un año después de su 
desvinculación, para utilizar los servicios de capacitación, educación, recreación y turismo siempre y cuando no se afilie a otra Caja de Compensación Familiar.
5. A recibir un servicio integral, con estándares de seguridad y calidad, dentro de los tiempos y condiciones 
establecidos, accediendo a una infraestructura digna y adecuada, que proteja su vida, salud y seguridad durante la prestación del servicio.
6. A acceder libremente a una oferta de productos y servicios de variada presentación, precio y calidad, que 
satisfagan sus necesidades. 
7. A recibir información clara, oportuna, veraz, actualizada y completa sobre los beneficios, productos y servicios a los que pueden acceder, él como usuario y su familia.  
8. A recibir información sobre las normas, reglamentos y políticas de la Caja de Compensación y del Sistema de Subsidio Familiar. 
9. A conocer el procedimiento para afiliar a su grupo familiar básico (cónyuge, hijos propios o adoptivos hasta los 18 años, padres mayores de 60 años que no reciban renta, pensión, ni salario, hijastros que se encuentren bajo la dependencia económica, hermanos huérfanos de padre y madre también hasta los 18 años ).
10. A acceder al subsidio monetario y en servicios, que otorga la Caja de Compensación Familiar de acuerdo con los parámetros de las normas legales vigentes, siempre y cuando haya aportado las pruebas que lo acrediten como beneficiario. 
11. A recibir doble cuota en caso de tener hijos hermanos huérfanos de padres o padres a cargo discapacitados.
12. A recibir un subsidio extraordinario por muerte, en caso de fallecimiento de una persona a cargo del trabajador, equivalente a 12 cuotas de subsidio familiar, así, como tienen derecho las personas a cargo, en caso de fallecimiento del trabajador.
13. A acceder al subsidio de vivienda, previo cumplimiento de los requisitos de ley para su asignación.
14. A postularse al subsidio al desempleo siempre que haya estado afiliado a la Caja de Compensación un año dentro de los tres últimos, si es con vinculación anterior al sistema del subsidio familiar o demuestre afiliación anterior a EPS en algún momento; si es sin vinculación anterior al sistema del subsidio familiar, siempre que cumpla con los demás requisitos de ley para su asignación.

DERECHO A UNA BUENA ATENCIÓN

15. A recibir atención a través de los canales habilitados por la Caja de Compensación con personal idóneo y comprometido que a través de un servicio humanizado, vele por la satisfacción del afiliado y su familia. 
16. A presentar peticiones, quejas, reclamos, felicitaciones y sugerencias y a obtener respuesta coherente y oportuna en los tiempos establecidos para cada servicio. 
17. A acceder a las autoridades y estamentos competentes para la protección de sus derechos.
18.A que se maneje con responsabilidad y confidencialidad su información personal y empresarial.
19.A participar en los programas especiales y de fidelización que desarrolle la Caja de Compensación en beneficio de los afiliados. 


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